Trat谩ndosedel arrendamiento de vivienda urbana, el plazo que tiene un inquilino para desocuparla, es de 3 meses. Pero se aclara que la ley no da un plazo de tres meses al arrendatario para que entregue el inmueble; lo que la ley impone es la obligaci贸n del arrendatario de notificar la terminaci贸n del contrato de arrendamiento
Facturade la luz. Tiempo de lectura 1 min. 25/10/2019 05:00. Si, como propietario de un piso en alquiler, decido dar de baja los servicios de agua, luz y gas para que el nuevo inquilino que entrePorregla general, rescindir el contrato de alquiler no es posible. Sin embargo, la Ley de Arrendamientos Urbanos establece ciertas excepciones en las que s铆 es posible hacerlo. Algunas de ellas son la falta de pago por parte del inquilino o la falta de reparaci贸n de la vivienda por parte del arrendador. Adem谩s, el propietario puede